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miércoles, 26 de marzo de 2014

Discapacidad y empleo: Por el derecho a ser explotados

El no trabajar es, tal vez, la mejor definición de lo que significa ser discapacitado"

 Las empresas son máquinas de producir ganancias. Su objetivo es el lucro. Para que las empresas den nacimiento a nuevos puestos de trabajo, es necesario que el crear empleos sea lucrativo”

 Aún existiendo legislación nacional sobre cupo laboral desde 1981, antidiscriminatoria desde 1988 y mandatos constitucionales específicos sobre derechos humanos desde 1994, estas normativas no se aplicaron.


Para Marcelo Morgenstern, torturado hasta quedar ciego en la última dictadura, “Se trata del derecho a ganarse la vida, de imponerse como trabajadores a quienes detentan el poder político y económico, con un planteo que ataque la raíz misma del problema de la desocupación y la precariedad laboral de los sectores vulnerados”.
 
 El primer salto conceptual se dio en los 70, al crearse el Frente de Lisiados Peronistas. Esta agrupación incorporó la defensa de los derechos de las PCD como política reivindicatoria. Por respuesta, la Triple A y la dictadura secuestraron, torturaron y desaparecieron a muchos de sus militantes. Durante el régimen militar, se creó la Corporación Argentina de Discapacitados bajo la tutela de la entonces Directora Nacional de Rehabilitación que impulsó legislación sobre discapacidad. La única ley derivada de dicha normativa que se reglamentó y cumplió con fluidez concierne la importación de vehículos para discapacitados, beneficiando especialmente a los de clase media alta.
 
 En 1998 surgió REDI –Red por los Derechos de las Personas con Discapacidad– integrada por personas con las más diversas discapacidades, y allegados, que accionaron en la legislatura de la Ciudad de Buenos Aires para que los ascensores fueran accesibles a usuarios de sillas de ruedas. Una ordenanza obligaba al recambio de las puertas tijeras, dejando a muchos encerrados en sus casas, o imposibilitados de acceder a sus trabajos, visitar a familiares, acudir a su rehabilitación. 
 
 El Ministerio de Trabajo de la Nación reconoce que como máximo 1 de cada 10 PCD tiene trabajo, y que el cupo laboral destinado a PCD en dependencias gubernamentales nacionales no alcanza al 1%, cuando por ley debiera ser el 4%.
 
 El desempleo y la discriminación remunerativa se verifica internacionalmente, a medida que la orientación general de los principales Estados desarrollados, extensible a los subdesarrollados, va en detrimento de las conquistas sociales de la última posguerra (jubilatorios, servicios sociales, salud y educación pública, pérdida de estabilidad laboral y precarización del empleo).
 
 Según Haveman y Wolfe, “...la discapacidad atañe características...que o bien limitan las actividades cotidianas normales o producen una reducción sustancial en productividad laboral”. El criterio habitual concierne la habilidad de realizar las tareas de una ocupación común y corriente, es decir, la habilidad de realizar suficiente trabajo como para “ganarse la vida”. “El foco es en la habilidad de las personas con limitaciones físicas o mentales de ajustarse (adecuarse) al entorno laboral”.
 
 Según la Arq. Silvia Coriat, “La legislación más avanzada en accesibilidad introduce el concepto de ‘ajustes razonables’. Pero su definición, esencialmente económica, lleva a que su aplicabilidad concierna una decisión empresaria basada en criterios de inversión rentable, o del empleador estatal ceñida a partidas presupuestarias. Un derecho supuestamente ‘caro’ termina siendo un no-derecho”.
 
 El derecho a ganarse la vida trabajando debiera garantizarse para todos, al margen de que puedan o no generar dicha plusvalía. No todos, tengan o no discapacidad, despliegan la misma capacidad productiva, dependiendo ello no sólo de características personales sino también de las condiciones en que trabajan, incluyendo los medios técnicos puestos a su disposición. Si no tuvieran que generar ganancias para otros, las PCD podrían acceder masivamente al empleo. Bastaría con que pudieran aportar a la producción social desde sus capacidades aunque estas fueran limitadas.
 
 A su vez, el Estado debiera asegurar que las remuneraciones no sean inferiores a la canasta básica familiar, imprescindible para comenzar a romper el círculo vicioso entre discapacidad y pobreza.

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