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lunes, 20 de febrero de 2012

MALVINAS: PATRIA Y HONOR ARGENTINO.

Dr. Mariano Victor Piñeyro.

Hola mis queridos lectores y oyentes. Como cada quince días, mientras disponga de tiempo, estaré en la radio y en el programa “LA BOCA YA TIENE DIENTES”. Los temas allí tratados, luego serán publicados por este medio. Así pueden dar su opinión al respecto.

Sin más preámbulos, vayamos entonces a ver el tema del pasado lunes 4 de abril de 2011, fue como se lee en este titulo, Las Malvinas: Patria y Honor Argentino. Mucho se ha dicho, pero en cuanto a los Derechos de los veteranos y ex combatientes se ha hecho.

Porque Patria? Porque todo aquel que defienda nuestra Bandera Nacional, frente a un extranjero, posee el espíritu de ser un Patriota de su tierra. Un Héroe incondicional, cuya meta es lograr la Libertad para si y para todos los que habitamos el suelo Argentino.

Porque Honor? Porque sin Honor, hacia la Ciudadanía, no habrían dado su vida. Sin Honor, no hubieran combatido como lo hicieron. Quizá no un Honor, solo por la jerarquía dentro de las propias fuerzas. Sino el Honor de pertenecer y luchar por esa Patria. Casi arrebatada, en variadas oportunidades, pero al fin nuestra. Ese mismo Honor que cada uno de los veteranos y ex combatientes puso en Las Malvinas, deberían (es un ideal) ponerlo y demostrarlo quienes ocupan lugares importantes. Con el fin, de otorgarles todos sus Derechos, por tamaño sacrificio que han hecho, por nuestra Patria y Honor.

Aclaro, estas palabras son mías. Así lo siento. Admito críticas. U otros puntos de vista. A tal fin, recabe cierta información útil. Que nos dará un concepto más amplio. Obviamente, el punto de vista histórico es otro. Pero desde mi ángulo, así lo veo yo.

Situación Histórica y porque el 2 de abril:

El 22 de noviembre del 2000, el Poder Legislativo argentino sancionó la Ley Nº 25.370, por la cual se declara al día 2 de abril como Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas. Dicha ley se promulgaría finalmente el 15 de diciembre de ese mismo año. Fue luego modificada el 7 de junio de 2006 para declarar inamovible al feriado nacional, por lo cual no podrá ser trasladado al lunes anterior o siguiente para conformar un fin de semana largo.
El 2 de abril de 1982 las Fuerzas Armadas de Argentina desembarcaron en Puerto Argentino/Stanley para iniciar la recuperación de las Islas Malvinas, ocupadas por el Reino Unido desde 1833. Esto desencadenó la Guerra de las Malvinas que se desarrolló desde ese día hasta la rendición argentina el día 14 de junio de 1982.

Leyes de cada provincia que atañen a los veteranos
LEYES PROVINCIALES PARA VETERANOS DE GUERRA DE MALVINAS.

LAS LEYES EN COLOR AZUL SON TODAS LAS QUE CONTEMPLAN RENTAS / PENSIONES / SUBSIDIOS VITALICIOS U HONORIFICOS
COMO SE PUEDE APRECIAR LAS UNICAS PROVINCIAS QUE AUN NO TIENEN LEYES PARA LOS VETERANOS DE GUERRA SON: FORMOSA Y SAN LUIS
CIUDAD DE BUENOS AIRES

Ley 1.075/03 Subsidio vitalicio para ex combatientes de Malvinas y modificatorias Ley 1.729/05, Ley 1.842/05 y Ley 2.276/07
Ordenanza Municipal 37.874/82 de la Ciudad de Bs. As. Exención de tasa y Ordenanzas modificatorias 43.757/89, 48.307/94 y 51.876/97
Ordenanza Municipal 45.689/92 de la Ciudad de Bs.As. Exención del arancel para obtención de la licencia de conducir.
Ordenanza municipal 39.884/84 de la Ciudad de Bs. As. Plan de salud y modificatoria Ley 1.636/05
Decreto municipal 4.475/82 de la Ciudad de Bs.As. Salud: Exención arancel hospitalario.
Ley 1.579/05 Declaración de "Héroes de la Ciudad post mortem"
Ordenanza Municipal 51.481/97 de la Ciudad de Bs. As. Homenaje a los caídos en el A.R.A. Gral. Belgrano y cc. Ley 586/01
Ordenanza municipal 37.945/82 de la Ciudad de Bs.As. Excepción para la incorporación de ex combatientes.
Ordenanza municipal 39.827/84 de la Ciudad de Bs.As Subsidio para agentes municipales ex combatientes y sus modificaciones Ordenanza 45.690/92 y Ley 2.304/07
Ordenanza Municipal 47.412/93 de la Ciudad de Bs.As. Promoción de agentes municipales ex combatientes.
Resolución 100/01 de la Legislatura de la Ciudad de Bs.As. Subsidio para ex combatientes ingresados a la Legislatura.

BUENOS AIRES
Ley 11.221/92 Subsidio especial y sus modificatorias Ley 11.294/92 - Ley 11.885/96 - Ley 13.349/05 - Ley 13.659/07
Ley12.006/97 Beneficio de Pensión y sus modificatorias Ley 12.317/99 - Ley 12.401/00 - Ley 13.324/04-05
Ley 12.875/02 Jubilación Especial.
Ley 10.428/86 Beneficios a los soldados.
Ley 11.162/91 Exención Impositiva.

CATAMARCA
Ley 5182/06 Sistema de Beneficios -Pensión Vitalicia-

CORDOBA
Ley N° 9.223/05 Sistema de Beneficios Sociales y sus modificaciones Ley 9.289/06 y Ley 9.371/07

CORRIENTES
Decreto-Ley 215/01 Exención del impuesto inmobiliario para soldados ex combatientes de Malvinas.
Ley 5.457/02 Bonificaciones a ex combatientes de Malvinas por el consumo de energía eléctrica
Ley Nº 4.780/94 Eximisión del Impuesto de Sellos
Ley 4.745/93 Eximisión de pago del 50 % del valor de las cuotas de amortización de las viviendas que les fueran adjudicadas por el Instituto de Viviendas de Corrientes.
Ley 3.809/83 Adjudicación de tierras
Ley 5.294/98 Eximisíón de pago de deuda IN.VI.CO.
Ley 3.891/84 régimen especial de atención a los soldados y modificaciones Ley 4.221/88 y Ley 4.372/89.
Ley 4.415/90 Obra Social de la Provincia de Corrientes (IOSCOR).
Ley 4.370/89 vacantes de la Administración Publica Provincial.
Ley 4.371/89 Becas de estudio.
Ley 4.328/99 pase a Planta Permanente de la Administración Pública Provincial.
Ley 5.507/03 Pensión vitalicia para ex soldados combatientes en Malvinas

CHACO
Ley 4.569/99 Pensión Graciable y sus modificatorias Ley 4.732/00, Ley 5.163/02, Ley 5.527/05, Ley 5.589/05, Ley 5.610/05
Ley 4.397/97 Registro de aspirantes a puestos de trabajo
Ley Nº 4.269/96 Cuotas de planes de viviendas
Ley 3.587/90 Obra social

CHUBUT
Ley 2.534/85 de la Prov. del Chubut - Beneficios a ex soldados conscriptos
Ley 2.791/86 de la Prov. del Chubut - Prórroga ley 2.534
Ley 3.480/89 de la Prov. del Chubut - Beneficios para Héroes de Malvinas
Ley 3.557/90 de la Prov. del Chubut - Modificación ley 3.480/89
Ley 2868/87 Salud
Ley 3.773/92 Excención Impositiva
Ley 4503 Beneficio de Pensión (Texto ordenado con las modificaciones introducidas por las leyes 4.716, 4.856, 4.985 y 5.185)
Ley 5.061/03 Suma fija a los beneficiarios de la Pensión Social "Islas Malvinas"

ENTRE RIOS
Decreto 5.711/88 Pensión especial para ex combatientes fallecidos o incapacitados por su intervención en el Conflicto con el Reino Unido.
Ley 9.193/99 Beneficios para veteranos de guerra de Malvinas.
Ley 9.216/99 Pensión no contributiva y sus modificaciones Ley 9.328/01 y Ley 9.704/06.

FORMOSA
AUN NO CUENTA CON LEYES PARA VETERANOS DE GUERRA

JUJUY
Ley 4.363/88 Beneficio de Pensión graciable a causa-habientes y su modificatoria/aclaratoria Ley 4.450/89.
Ley 4.602/92 Adhesión a las disposiciones de la Ley 23.109/84 y su modificación Ley 4.750/94.
Ley 4.358/88. Denominación De La Ruta Provincial Nº1. Homenaje A Los "Héroes De Malvinas".
Ley 5625/10. Pensión "Héroes De Malvinas Jujeños".

LA PAMPA
Ley 1.142/82 Pensión vitalicia para soldados que sufrieron incapacidades por su intervención en el Conflicto.
Ley 945/86 Incorporación a la Administración Pública de todos los ex combatientes pampeanos.
Ley 1.925/01 Promoción de agentes públicos ex combatientes.
Ley 2.123/04 Beneficios para ex combatientes de Malvinas: Declara Héroes Provinciales.

LA RIOJA
Ley 5.667/92 Prioridad de adjudicación de créditos para ex combatientes.
Ley 7.094/01 Adicional mensual para agentes públicos ex combatientes y modificatoria Ley 7.121/01
Ley 7.122/01 Cancelación de deudas de viviendas de ex combatientes de Malvinas.
Ley 8.087 Pensión Honorífica Vitalicia Mensual a los Veteranos de Guerra.

MENDOZA
Ley 6.772/00 Pensión vitalicia para veteranos de Malvinas.
Ley 6.640/98 Exención de impuestos.
Ley 5.541/90 Dispónese prioridad en la adjudicación de viviendas.

MISIONES
Ley 2.195/84 Beneficios para ex combatientes.
Ley 2.443/87 Beneficios ex-soldados conscriptos y sus modificaciones Ley 2.505/88, Ley 2.976/92 y Ley 3.028/93.
Ley 3.023/93 Gastos de las adjudicaciones de viviendas gratuitas a los ex-combatientes de las Islas Malvinas.
Ley 2.931/92 Exención del impuesto inmobiliario para ex combatientes de Malvinas.
Ley 2.671/89 Transporte gratuito para ex combatientes de Malvinas.
Ley 4.313/06. Pensión Vitalicia “Islas Malvinas” para Ex combatientes del Conflicto del Atlántico Sur

NEUQUEN
Ley 2.297/99 Derecho de Pensión y otros Beneficios para ex soldados veteranos de Malvinas y modificatoria Ley 2.532/06
Decreto 2.473/97 Cancelación de deudas y escrituración de viviendas de ex combatientes de Malvinas.
Ley 1.581/84 Preferencia de adjudicación de viviendas de Planes del Instituto Provincial de Vivienda y Urbanismo.

RIO NEGRO
Ley 2.584/92 Beneficios y sus modificaciones Ley 2.658/93, Ley 3.114/97, Ley 3.307/99, Ley 3.639/02 y Ley 4.122/06 y Ley 4.238/07
Ley 3.792/03 Honores oficiales

SALTA
Ley 6.398/86 Seguro de salud para ex combatientes de la Patria
Ley N° 7.278/04 Renta Vitalicia y modificación Ley 7.355/05

SAN JUAN
Ley 5.313/84 Beneficios especiales.
Ley 6.312/93 Pensión especial para deudos de ex combatientes y su modificación Ley 7.451/03.
Ley 6.956/99 Beneficios para veteranos de guerra de Malvinas y sus modificaciones Ley 7.049/00, Ley 7.387/03 y Ley 7.630/05.

SAN LUIS
AUN NO CUENTA CON UNA LEY QUE FIJE UNA PENSION HONORIFICA VITALICIA
Ley 5.284/01 Beneficios impositivos para ex combatientes y su modificación Ley 5.482/04
Ley 5.384/03 "Libro de Honor".

SANTA CRUZ
Ley 1981/88 Beneficio a ex soldados conscriptos.
Ley 2747/05 Pensión mensual a ex combatientes.
Ley 2915/06 Gratuidad de tramites.

SANTA FE
Ley 9.021/82 Derechos especiales
Ley 9.825/85 Medalla y Subsidio Extraordinario.
Ley Nº 10.388/87 Asistencia médica gratuita y cc.Ley 12.630/06
Ley 11.586/98 Pensión vitalicia para conscriptos ex-combatientes y su modificación Ley 12.466/05, DECRETO N° 484/07 Aumenta el valor total del beneficio "Pensión Malvinas" y Ley 12867/08 incorpora Oficiales y Suboficiales
DECRETO N° 2.063/03 "Asignación Especial no Sujeta a Aportes y Contribuciones".
Ley 10.685/91 Exención impositiva.
Ley 10.976/93 Exención del impuesto inmobiliario.
Ley 11.646/98 Cancelación de pagos y escrituración de viviendas de ex- soldados combatientes del conflicto del Atlántico Sur, extensión de beneficio DECRETO N° 563/07
Ley 12.230/03 Homenaje a los ex-combatientes de Malvinas de la Provincia de Santa Fe.

SANTIAGO DEL ESTERO
Ley 5.553/86 Régimen especial de atención y cobertura en materia de seguridad social y su modificación Decreto-Ley 6.656/04 y Ley 6.890/08 Modificación Decreto-Ley 6.656/04

TIERRA DEL FUEGO
Ley 407/98 Beneficios y sus modificaciones Ley 433/99, Ley 515/01, Ley 635/04, Ley 663/05 y Ley 741/07
Ley 426/90 Beneficios para conscriptos ex combatientes de Malvinas
Ley 711/06 Régimen Previsional para veteranos de guerra de Malvinas que trabajen en la Administración Publica Provincial y su modificación Ley 740/07

TUCUMAN
Ley 6.001/89 Prioridad para cubrir las vacantes que se produzcan en la Administración Pública Provincial
Ley 6.347/92 Modifica el Código Tributario Provincial.
Ley 7205/02 Renta Vitalicia y sus modificatorias Ley 7.233/02, Ley 7.302/03 y Ley 7.596/05
Ley 7.269/03 Otorgamiento de viviendas a ex combatientes de Malvinas.
LEY Nº 26.110/06 - Modificación ley 25.370/00 - "Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas", el 2 de abril
DECRETO 1273/05 - Créase un subsidio complementario
DECRETO 1273/05
Créase un subsidio complementario que se abonará juntamente con las prestaciones a cargo del Régimen Previsional Público del mencionado Sistema, otorgadas o a otorgar por la Ley Nº 24.241 y sus modificatorias.

El Principio “Uti Possidetis Juris”:
Argentina heredó los derechos españoles de acuerdo al principio "uti possidetis juris", según el cual a las emancipadas Provincias Unidas del Sud les corresponderían los mismos límites que al extinto Virreinato del Río de la Plata.
Pero uno de los argumentos esgrimidos por los británicos es que, suponiéndose el derecho previo de España al archipiélago como parte del Virreinato del Río de la Plata, al descomponerse éste en cuatro estados ninguno de ellos puede invocar la aplicación del uti possidetis para el caso de Malvinas.
El razonamiento es viciado de nulidad y he aquí una posible respuesta:

Según el artículo 35 de nuestra Constitución el nombre "Provincias Unidas" tiene la misma validez legal que el de República Argentina. O sea, legalmente son sinónimos.
En cuanto a las escisiones de Paraguay (1811); del Alto Perú (1825) y de la Banda Oriental (1828), son desprendimientos de una autoridad central, del mismo modo que lo son la República de Irlanda y el resto de las ex colonias que conforman el Commonwealth con respecto a Gran Bretaña.
Si la posición argentina quedase invalidada por la escisión de Paraguay, de manera análoga quedaría invalidada la británica por la independencia irlandesa en los años '20 y por el desmembramiento del imperio británico, dado que el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda técnicamente ya no existe como hace 170 años.
Valgan las siguientes consideraciones:

Las tres provincias altoperuanas suscribieron la independencia como parte de las Provincias Unidas en el Congreso de Tucumán, la misma afectaba jurídicamente a la Banda Oriental y la secesión de este territorio se produce como fruto de la política británica a través de Lord Ponsonby de crear un "estado tapón" con el objetivo de que el Río de la Plata sea internacional.
Sin embargo, el principio de Uti Possidetis se mantiene en tanto que la República Argentina (o Provincias Unidas) es la continuidad histórica y jurídica del Virreinato del Río de la Plata.

Conclusión

Argentina heredó los derechos españoles de acuerdo al principio "uti possidetis juris", según el cual a las emancipadas Provincias Unidas del Sud les corresponderían los mismos límites que al extinto Virreinato del Río de la Plata, por ser su continuidad histórica y jurídica. Y las Provincias Unidas ya son la Argentina, como dice el artículo 35° de la Constitución Nacional.

POESIA SOBRE LAS MALVINAS:

Malvinas

Cuando te conocí, me enamore de ti
Supe desde entonces que jamás me dejarías ir
Supe que mi amor hacia ti era incondicional, es el amor de
Juventud que me hizo estremecer lo mas profundo de mi ser
Fue bajo fuego, quede dormido para siempre en tus brazos
Ahora soy el hombre que vigilo de día y de noche,
Solo queda esperar…
Pero se que no estoy solo, se que tu gran amor alcanzó
Para muchos de mi edad, y como yo duermen enamorado de ti
Se que sientes orgullo de mi, por que yo te fui a buscar.
Si pensar, nos encontramos ahí, y ahora habito en ti
Mis padres ahora saben más de ti y de mí, porque saben que de los dos surgió soledad.

Solo quiero decirte que amo el día que te conocí
No importa cuanta hambre o tanto frió que sentí, o de los pies
húmedos que con mis manos muchas veces yo froté, solo se
Que valió la pena de haber entregado todo mi amor por ti
Hoy el mundo entero habla de nuestro amor, de cómo yo me
entregué hacia ti con la convicción única que solo los amantes
Pueden hablar.
Este es nuestro amor y espero que los hombres del mañana
Lo sepan interpretar y que como yo, pero muchos más se
puedan enamorar… de ti…MALVINAS ARGENTINA

Esta poesía esta dedicada a los héroes de Malvinas.
Y a todos mis compañeros del batallón de infantería ANTONIO WALTER ESCUDERO.

Fuentes utilizadas:

Wikipedia:

http://www.veteranosdemalvinas.org/index.php?option=com_content&view=article&id=251&Itemid=92
http://www.malvinense.com.ar/Pyc.htm

Redacción de la Nota: Dr.Mariano Victor Piñeyro.

Ante cualquier consulta o critica/opinión: Twitter: @AbogadoPineyro, Facebook: Mariano Piñeyro, Pagina del Estudio Jurídico: http://estudiopineyrohnos.blogspot.com.

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